jueves, 27 de septiembre de 2012

La oficina de defensa del consumidor advierte por reclamos extrajudiciales de supuestas deudas


La advertencia surge a raíz del incremento de denuncias formuladas por consumidores que fueron notificados de supuestas deudas por estudios jurídicos como Boston Collection, Mandante y E-Collection.
La Oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Villaguay (O.M.I.C) advierte a los consumidores que en caso de ser intimados vía extrajudicial por deudas, tienen derecho a solicitar información clara y detallada respecto de la deuda que intenta cobrarse. Se especificó que, según el artículo 4º de la Ley 24.240, es obligatorio que tal información sea brindada por la empresa de cobranza.
La advertencia surge a raíz del incremento de denuncias formuladas por consumidores que fueron notificados de supuestas deudas por estudios jurídicos como Boston Collection, Mandante y E-Collection.
En caso de que esto suceda, el organismo a cargo de Jorge Robledo indicó que el consumidor debe requerir detalles acerca de la cuenta y orden por quien se pretende el cobro. Es decir, quién es el acreedor originario de la deuda que se reclama y de esa forma podrá saber si contrajo o no la obligación reclamada, se indicó.
También el consumidor debe ser informado sobre la fecha de origen de la deuda. De esta forma el consumidor podrá decidir adecuadamente respecto del pago de la misma como de su financiación y sobre todo conocer respecto de su prescripción.
El consumidor debe requerir datos sobre cuál es el importe de capital puro y de interés aplicable para apreciar con transparencia la tasa de interés que se le procura cobrar y estimar si se encuentra dentro de los parámetros legalmente permitidos.
La Oficina de Defensa del Consumidor además, recordó que la metodología empleada por algunas empresas para hacer efectivo sus créditos, van desde intimaciones de fideicomisos requiriendo deudas vencidas hace años, hasta mensajes de texto anoticiando a los consumidores que poseen una deuda.
En dichos mensajes se expresa DNI y nombre del presunto deudor, pero no se manifiesta el origen de la presunta deuda y muchas veces ni el monto total. Se mandan también notas a los domicilios particulares que no informan el origen de la deuda y sólo se estipula el monto y las facilidades de pago; o a los domicilios laborales de los consumidores y mails al área de recursos humanos sin expresar el origen de la deuda pero determinan un monto y facilidades de pago.
Se les indica a través de intimaciones que en un plazo perentorio, de no saldar la deuda, serán ingresados en el Veraz y paralelamente se procedería al embargo de sueldos.
Ante estas situaciones la Oficina aclaró que las empresas en ningún caso deben desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias (Art. 8º bis ley Nº 26.361 que incluye reformas a la Nº 24.240 LDC).
En caso que la deuda exista, el cobro debe ser reclamado respetando la dignidad, brindando toda la información necesaria para poder determinar la legitimidad y no incurrir en ninguna conducta de cobranza que acose, intimide, humille o avergüence a la persona.
El reclamo se puede realizar al remitente que envía la intimación extrajudicial de cobro, a la empresa que presuntamente ha tenido un vínculo de consumo o bien a la Oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Villaguay, ubicada en planta baja del palacio municipal. Consulta telefónica al 0800 888 8783.

Fuente: AP Noticias

0 comentarios:

Publicar un comentario